De acuerdo con lo establecido en el Código Penal, el Código Civil y la Constitución Política de la República, los juegos de azar son una actividad excepcionalmente lícita, permitida únicamente en los casos expresamente autorizados por la ley, como ocurre con los juegos administrados por Polla Chilena de Beneficencia S.A., Lotería de Concepción S.A., los hipódromos y los casinos de juego.
En consecuencia, la explotación de juegos de azar —incluyendo rifas— se considera ilícita, salvo que cuente con autorización mediante leyes especiales.
En cumplimiento de las disposiciones de nuestro Modelo de Prevención de Delitos, y considerando que la legislación chilena restringe este tipo de actividades, no podemos operar como medio de recaudación para rifas y/o sorteos. Esto incluye cualquier modalidad, ya sea mediante la venta directa de tickets, imágenes, stickers, píxeles u otros mecanismos cuyo objetivo sea la entrega de un premio.